Honores Militares

Orden General número 10, dada en Madrid, a 22 de noviembre de 2012. Asunto: De los honores militares en la Guardia Civil BOGC n. 50 de 27 de noviembre de 2012

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La Orden PRE 1983/2012, de 14 de septiembre, por la que se declaran de aplicación a la Guardia Civil diversas normas del ordenamiento militar sobre mando, disciplina y régimen interior, encarna la voluntad institucional de la Guardia Civil de que la disciplina, el ejercicio del mando y las normas de régimen interior, aspectos esenciales para las organizaciones militares como la Guardia Civil o los Ejércitos, sigan rigiéndose, como hasta ahora venía sucediendo, por una regulación común y compartida.

Tal sintonía, no obstante, no es óbice para que tales materias se adapten a las peculiaridades de la organización y funcionamiento interno de las unidades de la Guardia Civil, distintas a las de las Fuerzas Armadas y de los Ejércitos, como distintas son las misiones y funciones que, de forma ordinaria, desarrollan respectivamente dichas instituciones militares.

Como aspecto estrechamente vinculado a la exteriorización de la disciplina, en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares se vienen a especificar los que ha de rendir la Guardia Civil en su condición de Instituto armado de naturaleza militar. En este contexto, y en primer lugar, la presente Orden General trata de facilitar el desarrollo de los mismos cuando se lleven a cabo por unidades del Cuerpo; en segundo término, y de acuerdo al artículo 4 de la Orden PRE 1983/2012, de 14 de septiembre, esta norma procura y facilita la aplicación de alguna de las previsiones que sobre actos solemnes y su ceremonial se contienen en las ordenanzas de los ejércitos.

Por cuanto antecede, en virtud de la habilitación conferida por la Disposición Final Primera de la supracitada Orden Ministerial y a propuesta del Director Adjunto Operativo, he tenido a bien disponer:

Artículo 1. Honores militares a rendir por la Guardia Civil.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 35.1 del Reglamento de Honores Militares, aprobado por el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, la Guardia Civil, en sus actos específicos, rendirá los honores militares establecidos en dicho reglamento, para cuya aplicación, asimismo, se tendrán en cuenta las previsiones contenidas en la presente orden general.

Artículo 2. Honores a la Bandera de España.
1. Con carácter general, cuando los honores y el ceremonial para recibir y despedir a la Bandera de España sean prestados por unidades de la Guardia Civil, estas adoptarán formaciones de entidad tipo Batallón o Compañía. En el primero de los casos, al menos una Compañía en formación estará dotada de arma larga con cuchillo bayoneta; en el segundo de los supuestos lo estará, como mínimo, la Escuadra de Gastadores.
2. En el caso de los buques, los honores militares serán rendidos por personal de su tripulación.

Artículo 3. Honores a Oficiales Generales de la Guardia Civil.
Cuando los Oficiales Generales de la Guardia Civil reciban los honores militares que se recogen en el artículo 20 del Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares, permanecerán en primer tiempo de saludo durante la interpretación de la Marcha de Infantes.

Artículo 4. Presidencia de actos militares organizados por la Guardia Civil.
1. Los actos militares de la Guardia Civil serán presididos por la autoridad que los organice, por una autoridad orgánicamente superior a la anterior o por alguna de las autoridades citadas en el artículo 35 del Reglamento de Honores Militares, recibiendo, en cada caso, los honores militares que les correspondan.
A los efectos de lo previsto en el párrafo anterior, entre las autoridades orgánicamente superiores a las que se refiere dicho precepto se entenderán incluidos, en todo caso, el titular de la Corona de España, los miembros de la Familia Real y los Infantes de España, correspondiéndoles los honores previstos en el Capítulo II del Reglamento de Honores Militares.
2. Cuando así se determine por mi autoridad, la presidencia en actos militares podrá ser ofrecida a las autoridades del Estado a las que se refiere el artículo 16 del Reglamento de Honores Militares, quienes, en tal caso, recibirán los honores que les correspondan.
3. El resto de actos oficiales organizados por la Guardia Civil en los que no se rindan honores militares podrán ser presididos por otras autoridades civiles o mandos del Cuerpo.

Artículo 5. Honores fúnebres.
Cuando se determine por el Director General, los guardias civiles fallecidos en acto de servicio recibirán honores fúnebres en la forma prevista en el Capítulo I, Título IV, del Reglamento de Honores Militares; en los otros casos, tales honores se rendirán de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de esta orden general.

Artículo 6. Aplicación de normas, procedimientos y publicaciones dictados en el ámbito de las Fuerzas Armadas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Orden PRE 1983/2012, de 14 de septiembre, por la que se declaran de aplicación a la Guardia Civil diversas normas del ordenamiento militar sobre mando, disciplina y régimen interior, se declaran de aplicación a la Guardia Civil el Reglamento de Empleo de “Orden Cerrado” (RE6-002) y el Reglamento de Empleo de “Orden Cerrado, instrucción de Unidades” (RE7-011), ambos de aplicación oficial en el Ejército de Tierra.

Artículo 7. Desarrollo de actos militares organizados por la Guardia Civil.
El desarrollo de los actos militares, en cuanto a aquellos extremos no previstos en los artículos anteriores, se realizará conforme a las prescripciones generales que para cada uno de ellos se establecen en el Anexo II de la presente Orden.

Disposición Transitoria Única. Visitas oficiales de Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla.
En tanto no se desarrolle por parte del Ministro del Interior el contenido de la Disposición adicional tercera del Reglamento de Honores Militares, en la primera visita oficial de los Delegados de Gobierno de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, con anuncio previo de la misma, a unidades y acuartelamientos de la Guardia Civil de sus respectivos ámbitos territoriales de responsabilidad, serán recibidos por un piquete de la unidad o, en su caso, del buque visitado, cuyos componentes formarán con arma descansada. Sin pasar revista a la fuerza, dichas autoridades recibirán, en todo caso, las novedades del jefe del piquete.

Disposición final primera. Habilitación al Director Adjunto Operativo.
Se habilita al Director Adjunto Operativo a que, cuando sea necesario y por medio de Circular dictada al efecto, que habrá de ser publicada en el Boletín Oficial de la Guardia Civil, actualice el contenido de los Anexos I y II de la presente Orden General.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden General entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Guardia Civil.
Madrid, 22 de noviembre de 2012.- El Director General de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa del Río.

Anexo I
Honores fúnebres.

1. Aspectos Generales.
Los actos celebrados con motivo del fallecimiento de miembros del Cuerpo en acto de servicio que no se lleven a cabo de acuerdo a lo previsto en el Capítulo I, Título IV, del Reglamento de Honores Militares se regirán por las siguientes instrucciones generales:

  • El acto será siempre organizado, como mínimo, por unidades de entidad Comandancia o unidad equivalente, recibiendo los apoyos que precisen de las unidades orgánicamente superiores.
  • La Oficina de Relaciones Informativas y Sociales (ORIS) apoyará la organización del acto comisionando al menos un Oficial.
  • Un Oficial de la Unidad del fallecido o de unidad superior a ésta, será designado para acompañar y atender a la familia (Oficial de acompañamiento).
  • Será responsabilidad de la unidad que organice los actos:
    – Designar una comisión para los diferentes turnos de vela, que estará compuesta por un Oficial y un mínimo de dos guardias civiles, que, a ser posible, pertenezcan a la Unidad del fallecido.
    – Nombrar una escolta de al menos cuatro componentes cuando haya que acompañar al féretro, que vestirán uniforme de diario, modalidad A, con camisa y guantes blancos y portarán el arma a la funerala.
    – Coordinar la posibilidad de que miembros de otros Cuerpos de Seguridad, de las Fuerzas Armadas o familiares participen en los turnos de vela, así como en el desplazamiento del féretro.

2. Capilla Ardiente.
Siempre que sea posible, la capilla ardiente se instalará en dependencias de la Unidad del fallecido.

Los componentes del turno de vela vestirán uniforme de diario, modalidad A, con camisa y guantes blancos; se mantendrán en posición de firmes, uno a cada lado del féretro, el cual se encontrará cubierto con la Enseña Nacional y con un sombrero negro.

Siempre que sea posible, la imposición de las condecoraciones al fallecido se realizará mientras el mismo se encuentre en la capilla ardiente.

3. Funeral.
Desde la capilla ardiente hasta el lugar donde se efectúe la despedida del duelo, el féretro ira acompañado por un Oficial de empleo Capitán o superior.

En la entrada al templo o al lugar donde se oficie el funeral se interpretará el Himno Nacional siempre que sea posible. El féretro será portado a hombros por sus compañeros, que, descubiertos, vestirán uniforme de diario, modalidad A, con camisa y guantes blancos; les seguirá otro de sus compañeros, con idéntica uniformidad, portando en las manos el sombrero negro del fallecido.

Se facilitará que los familiares y allegados del fallecido se coloquen próximos al féretro, tanto durante los desplazamientos, como en el acceso a los lugares más representativos durante la celebración del funeral.

Siempre que no lo hayan sido en la capilla ardiente, y antes de iniciarse la celebración religiosa, se impondrán las condecoraciones que procedan sobre el féretro.
Finalizada la ceremonia, el féretro, envuelto en la Enseña Nacional, volverá a ser transportado a hombros por sus compañeros; a la salida del lugar de celebración se interpretará el Himno del Cuerpo. Posteriormente, mientras se realiza el embarque del féretro en el vehículo funerario, se entonará “La muerte no es el final”.

A efectos de llevarse a cabo las previsiones anteriores, la Unidad que organice los actos será apoyada, de no disponer de ellos, con los medios de megafonía o de otro tipo que requiera.

4. Sepelio.
El Oficial de acompañamiento, así como una representación de la Unidad del fallecido, se desplazarán al lugar del sepelio. También se desplazará una Unidad tipo Pelotón que realizará una descarga de fusilería en el momento de la inhumación.

Tras la descarga, el Oficial de acompañamiento plegará y hará entrega de la Bandera al más caracterizado del Cuerpo, el cual se la entregará a los familiares.

Anexo II
Instrucciones particulares para los actos celebrados por la Guardia Civil

1. Aspectos Generales.
1. En la ejecución de los actos contemplados en esta Orden General se tendrán presente los principios de sencillez, adaptación a los tiempos y homogeneidad institucional.

Con carácter general, los citados actos atenderán a la siguiente secuencia:

  • Formación de la Fuerza.
  • Incorporación de la Enseña Nacional.
  • Rendición de Honores.
  • Revista a la Fuerza.
  • Acto central propiamente dicho con sus secuencias particulares.
  • Homenaje a los que dieron su vida por España
  • Himno de la Guardia Civil.
  • Retirada de la Bandera, salvo que se incorpore al posterior desfile.
  • Desfile, si lo hubiera.
  • Retirada de la Bandera si ha desfilado.
  • Retirada de las fuerzas.

2. El orden de formación en parada será:

  • Unidades a pie,
  • Unidades a caballo
  • Unidades móviles.

Dentro de las Unidades de a pie, primero se colocarán las unidades de enseñanza, seguidas de las territoriales y finalizando con las de especialidades.

3. El orden en los desfiles será unidades móviles, unidades a pie y unidades a caballo, aunque por cuestiones técnicas podrá ser modificado; el desfile de las unidades aéreas deberá ser coordinado con las demás fuerzas participantes y a ser posible en el inicio del desfile.

4. En la formulación de vivas u otras voces e instrucciones de mando, se tendrá en cuenta, en los actos militares organizados por la Guardia Civil, la participación de unidades de las Fuerzas Armadas o de Cuerpos de Policía con status militar.

El orden de prelación de los vivas será el siguiente:

  • Viva España,
  • Viva el Rey
  • Viva la Guardia Civil.

2. Participación de la Enseña Nacional.
Cuando la Enseña Nacional participe en un acto organizado por la Guardia Civil se atenderá a las siguientes directrices:

  • La Enseña Nacional permanecerá el máximo tiempo posible en formación, retirándose cuando no esté previsto su desfile según secuencia que se recoge en el punto 1.
  • Con carácter general, la Enseña Nacional desfilará en su puesto en formación reglamentario, en especial, en los siguientes casos:

– Cuando el acto principal sea la rendición de honores según lo previsto en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo y así se determine.
– Cuando los actos sean presididos por miembros de la Casa Real o por el Presidente del Gobierno.
– Cuando los actos requieran necesariamente la presencia de la Enseña, como en las juras de bandera, las entrega de mando de unidades que la tengan concedida o en la imposición de corbatas.

No participará en el desfile en los supuestos en los que al final del movimiento, por razón del entorno, de la distancia a la Sala de Banderas u otras, su despedida no pueda hacerse con la debida solemnidad.

  • El saludo a la Enseña Nacional se efectuará en el momento de su incorporación a la formación con los honores de ordenanza; la Autoridad que presida el acto saludará a la Bandera al pasar frente a ella en la revista a la Fuerza.
  • Se tratarán de evitar los movimientos frente a la Bandera; en el caso de tener que realizarse se harán de forma natural, evitando pasar detrás de ella o efectuando rodeos excesivos para no saludar.
  • En el acto de homenaje a los que dieron su vida por España, los guiones, banderines y portacoronas no efectuarán el saludo a la Bandera al pasar por delante de la misma.
  • Los movimientos del Abanderado y de su Escolta se regirán por lo recogido en el Reglamento de Empleo de Orden Cerrado.

3. Actos Específicos.
1. En las tomas de posesión y relevo de mando de Zona y Comandancia o Unidad análoga se realizará un acto solemne presidido por un superior jerárquico en la cadena de mando orgánico; formará una parte representativa de las fuerzas a sus órdenes y siempre que la Unidad tenga concedida la Enseña Nacional esta formará durante el acto.

La secuencia del acto central de toma de posesión será la siguiente:

  • Lectura del nombramiento del nuevo mando de Unidad.
  • Salida de formación del mando entrante y del mando saliente;
  • Voz de mando, realizada por el mando relevado, y ejecución por parte de la Fuerza en formación del movimiento de “arma sobre el hombro”.
  • Lectura de la siguiente fórmula de toma de posesión: “De orden de Su Majestad el Rey, se reconocerá al (empleo y nombre completo) como (cargo que ocupe) de (unidad que vaya a mandar), respetándole y obedeciéndole en todo lo que mandare concerniente al servicio. ¡Viva España!” Cuando la Autoridad diga la frase “De orden de Su Majestad el Rey” saludarán tanto los mandos entrante y saliente como el resto de los mandos de la formación hasta nivel sección.
  • Voz de mando, realizada por el nuevo mando de la unidad, y ejecución por parte de la Fuerza en formación del movimiento de “descansen armas”.
    Juramento o promesa del nuevo mando.
  • Los mandos entrante y saliente se colocarán inicialmente a izquierda y derecha, respectivamente, de la tribuna que ocupe la autoridad que presida el acto, cambiando sus posiciones una vez realizados los movimientos antes descritos.

Para iniciar y finalizar la secuencia que simboliza la entrega de mando, portarán el sable con el que se saludarán mutuamente ejecutando con él los movimientos del saludo reglamentario. Al regresar a su nueva posición a ambos lados de la tribuna, entregarán el sable a los ayudantes para continuar el acto.

2. En los actos de entrega de Enseña Nacional la secuencia será la siguiente:

  • Lectura de Concesión de la Enseña Nacional
  • Alocución del donante de la Enseña Nacional
  • Entrega de la Enseña Nacional por el donante a quien ejerza el madrinazgo.
  • Bendición de la Enseña Nacional.
  • Alocución de quien ejerza el madrinazgo.
  • Entrega de la Enseña al mando de la Unidad
  • Alocución del mando de la Unidad.
  • Lectura, dando fin a la alocución anterior, de la siguiente fórmula: “Guardias Civiles, la Bandera es el símbolo de la Patria inmortal; los que tenemos el honor de estar alistados bajo ella estamos obligados a defenderla hasta perder la vida. Guardias Civiles, en garantía de que juráis y prometéis entregaros a su servicio”.

A continuación se ordenarán los movimientos de armas reglamentarios para que una sección efectúe una salva de honor; una vez ejecutada y descansada las armas el mando de la Unidad concluirá su alocución diciendo: Guardias civiles: ¡Viva España!

  • Incorporación de la Enseña Nacional por primera vez a su puesto en formación al
    son de los acordes del Himno Nacional.

En estos actos formará, además de la Unidad que va a recibirla, representaciones de otras Unidades y, si es posible, de Unidades de las Fuerzas Armadas que tengan sede en la misma demarcación de la Unidad a la que se le concede.

3. Cuando con carácter voluntario se organice un acto con motivo de la despedida de quien ha ostentado su mando, éste podrá pasar la última revista a la fuerza acompañado por la Autoridad que presida dicho acto.
En la formación estará presente la Enseña Nacional concedida a la Unidad; en el acto central y antes de las alocuciones el mando saliente se acercará y la besará en señal de despedida.

4. Cuando con carácter voluntario se organice el acto de imposición de faja con motivo del ascenso al empleo de General de Brigada se realizará un acto sin formación y sin la participación de Unidades. La secuencia del acto será la siguiente formato:

  • Lectura por el relator del art. 20.2, “Del Oficial General”, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre de la Carrera Militar.
  • Lectura del Real Decreto en el que se promueve el ascenso.
  • Lectura de una breve reseña histórica sobre la significación de la faja de Oficial General.
  • Imposición de la faja por el Oficial General que actúa como padrino.
  • Lectura de una breve reseña histórica sobre la simbología del bastón de mando y del sable de los Oficiales Generales, y entrega de los mismos, si los hubiere.
  • Alocución del Oficial General al que se la ha impuesta la faja.
  • Alocución de la Autoridad que ha impuesto la faja (padrino).
  • Clausura del acto por parte de la Autoridad que preside.

4. Acto de Homenaje a los que dieron su vida por España.
1. Este acto de homenaje se realizará de acuerdo a la siguiente secuencia:

  • Anuncio del relator sobre inicio del homenaje a los Guardias Civiles de todos los tiempos que dieron su vida por España.
  • Movimiento inicial de los guiones de Batallón y de los banderines de Compañía a la voz que ejecutará el jefe de la Fuerza. Estos guiones y banderines, junto al personal portacorona marcharán a paso ordinario desde su posición inicial hasta el lugar frente al monolito, desde donde comenzarán el paso lento.
  • El orden de salida de los guiones y banderines, así como su disposición, se fijará en función de las particularidades del lugar donde se lleve a cabo el acto.
  • Una vez situados los guiones, banderines y gastadores en el punto de inicio del paso lento, el relator o persona designada leerá la formula de homenaje a los que dieron su vida por España, cuyo texto se reproduce como apéndice a este anexo.
  • A los acordes de “La muerte no es el final”, los guiones y banderines y el personal portacorona se desplazarán a paso lento hasta las proximidades del monolito. Deberán sincronizarse la finalización de los acordes y la del movimiento de guiones y banderines.
  • La colocación de la corona de flores se llevará a cabo por los portacoronas o por las Autoridades que se determine. En este último caso los portacoronas permanecerán en firmes portando lateralmente la corona para facilitar la entrega a los que la depositen.
  • Lectura de la oración o plegaria.
  • Ejecución del toque de oración. Durante el mismo, coincidiendo con el punto que toca el cornetín de órdenes, todos los militares presentes fuera de formación y los mandos de las Unidades de la parada adoptan la posición de saludo, que se deshará con el final del toque militar.
  • El toque de oración finaliza con una salva de fusilería, cuyos movimientos previos serán ordenados de forma discreta durante el toque.
  • Dislocación de los guiones y banderines, que junto a los portacoronas regresan a sus respectivos puestos a paso ordinario.

5. Piquetes de Honores en visitas a Unidades.
Sin perjuicio de lo regulado para la asistencia a ceremonias, con carácter general, y con el fin de unificar los criterios de actuación de los piquetes de honores militares, en las visitas a unidades del Cuerpo giradas por las Autoridades y mandos citados en el artículo 35 del Reglamento de Honores Militares en las que éstas tengan derecho a recibir honores militares, se seguirán estas directrices:

  • El piquete estará constituido por un Oficial, un Suboficial y al menos 6 miembros de la Escala de Cabos y Guardias.
  • El piquete formará en fila con el Oficial situado en el lado por el que esté prevista la llegada de la Autoridad. Siempre que sea posible, se ubicarán frente al mástil de la Bandera del Acuartelamiento.
  • Cuando el Jefe del piquete aviste a la Autoridad sonará atención general y firmes; cuando la Autoridad se sitúe frente al piquete se rendirán los honores que correspondan.
  • Finalizados los honores, el Oficial dará novedades a la Autoridad sin que éste realice revista alguna del piquete. La fórmula utilizada por el oficial será “A la orden de (Autoridad). Formado el piquete de honores sin novedad; solicito permiso para retirarlo.”
  • A continuación se retirará el piquete con el arma al brazo en caso de portar arma larga. Como alternativa a lo anterior, podrá optarse por permanecer con el piquete en posición de firmes mientras la Autoridad inicia la visita para, una vez que no esté a la vista, el Oficial mande romper filas.

Apéndice al anexo II
Homenaje a los que dieron su vida por España.
En el acto de homenaje a los que dieron su vida por España se leerá, en el momento que proceda, la siguiente fórmula:

“Lo demandó el honor y obedecieron,
lo requirió el deber y lo acataron;
con su sangre la empresa rubricaron,
con su esfuerzo la patria engrandecieron.
Fueron grandes y fuertes, porque fueron
fieles al juramento que empeñaron.
Por eso, como valientes lucharon,
y como héroes murieron.
Por la Patria morir fue su destino,
querer a España, su pasión eterna,
servir en este Cuerpo, su vocación y sino.
No quisieron servir a otra Bandera,
no quisieron andar otro camino,
no supieron vivir de otra manera.”